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UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO Relación de la causa que se sigue en este Santo Oficio contra don Miguel Hidalgo y Costilla, cura de la congregación de los Dolores en el obispado de Michoacán, natural de (Testigo 1º denunciante fray Joaquín Huesca; folio 1º).⎯ Tuvo principio esta causa por denuncia que fray Joaquín Huesca, mercedario, y lector de filosofía, hizo ante el comisario de Valladolid en 16 de julio de 800 as, el cual examinado en forma en dicho día, y ratificado en 19 del mismo, y dijo: Que en el primer día de Pascua de Resurrección concurrió en la casa del cura de Tajimaroa con fray Manuel Estrada, doctor Martín García, presbítero, y don Miguel Hidalgo, quien tomó la Historia de Fleuri, y leyendo en ella que Dios no castigaba en este mundo con penas temporales, dijo el denunciante, que sí castigaba, y que era de fe; dijo este reo, que no era de fe; y que sólo era propio de la ley antigua el castigar con penas temporales, como plagas, y langostas; y que si no ¿de dónde constaba que fuera de fe? El denunciante le contestó, que de la epístola de San Pablo a los corintios en aquellas palabras: ideo inter vos multi imbecilles, et infirmi, et dormiunt multi. Y que ¿no hemos de dar ascenso a ésta? Y entonces se quedó como suspenso, dando motivo a sospecha en contra; aunque finalmente en un modo tibio, dijo, sí, es auténtica. Y luego, leyó en el mismo Fleuri que cierto papa, de quien no se acordaba, envió a un concilio en calidad de legados suyos a dos gañanes del campo; y de aquí tomó motivo el dicho cura para hablar con mucho desprecio de muchos papas en particular, y en general del gobierno de la Iglesia, como manejado por hombres ignorantes, de los cuales uno había canonizado a Gregorio Séptimo, que acaso estaría en los infiernos, porque había sido muy nocivo a la Iglesia por su ignorancia; todo lo cual en otro primer día de Pascua; y en el segundo estando almorzando todos los referidos, preguntó el declarante al padre Estrada, que si se había convertido el judío guatemalteco, esto es, Rafael Gil Rodríguez, que estaba en la Inquisición; y respondiéndole que sí, dijo este reo que habría sido de boca; y preguntándole el declarante, ¿por qué? respondió: Porque ningún judío que piense con juicio se puede convertir; pues no constaba del texto original de la Escritura que haya venido el Mesías. Y mencionándole el declarante en prueba de la venida del Mesías el texto de Isaías: Ecce Virgo concipiet, et pariet; respondió, que no había tal voz virgen en el texto, sino otra voz hebrea, que significaba mujer corrompida, como era la de alma, y otras dos voces, de que no se acordaba, con que únicamente la escritura explica las mujeres. Y siguió refiriendo varios textos (de que no hacía memoria) y sí sabía, que con ellos se prueba la venida del Mesías; pero que este reo los explicó, e interpretó para concluir, que no probaban que También declaró que estando en esta capital, el citado padre Estrada le refirió que este reo decía, que Santa Teresa era una ilusa, porque como se azotaba, y ayunaba mucho, y no dormía, veía visiones, y a esto llamaban revelaciones; y que explicando éste como filósofo, el mecanismo de la naturaleza humana, concluía con que la fornicación no era pecado, como comúnmente se creía, sino que era una evacuación natural. Y finalmente le refirió, que en quince días que estuvo con este reo en Tajimaroa no le vio rezar el oficio divino; y que quejándose con el mismo reo de lo pesado que era el rezo en el coro, y díchole que si él fuera prelado lo dispensaría, le respondió, y también fuera del coro. En 28 de julio de 1800, se recibió esta denuncia, y se acordó el examen de los contestes Estrada, y García, y que se recorriesen los registros en cabeza de este reo; y ejecutado que así fue, no le resultó nota. (Testigo 2º fray Manuel Estrada; folio 16 y siguientes).⎯ En 20 y 24 de agosto del mismo examinó y ratificó en forma el comisario de Celaya a fray Manuel Estrada, mercedario, y predicador, el que a la primera pregunta dijo: Que presumía ser llamado sobre una denuncia que estaba formando con premeditación contra el cura de San Felipe don Miguel Hidalgo; y ofreció presentarla en limpio al tiempo de la ratificación. El comisario siguiendo el orden de lo prevenido en la comisión, le hizo la pregunta oportuna sobre la primera proposición, y respondió que era cierto haberla oído a este reo en el tiempo, y lugar citados; y que así él, como su compañero el padre Huesca, se la impugnaron con la epístola de San Pablo, aunque éste expuso más largamente la doctrina, sobre que Dios castigaba en esta vida, y que era de fe. También expresó que en la misma concurrencia lo llamó a solas este reo, y hablando sobre lo mismo, le dijo, y afirmó, que la epístola de San Pablo donde dice: Ideo inter vos, &c. era apócrifa; y que sólo era propio de la ley antigua el castigar con penas temporales, como plagas, langostas etcétera aunque ignoraba Que aunque no puso el mayor cuidado cuando este reo estando con el Fleuri en la mano dijo: Que el papa había enviado a un concilio a dos gañanes del campo como legados suyos, si le observó, que no sólo en esta ocasión, sino siempre, que decía, que los padres de todos los concilios, principalmente desde el siglo quinto hasta el undécimo fueron unos ignorantes; pero con tanta generalidad, que daba a entender, que Jesucristo en todo este tiempo se desentendió del cuidado de su Iglesia. También declaró que sin embargo de no hacer memoria sobre la conversación del judío guatemalteco, sí le oyó muchas veces, que decía, que ningún judío que piense con juicio se podía convertir; pues no constaba de la Sagrada Escritura que hubiese venido el Mesías; y que refiriéndole el padre Huesca, o el declarante, el texto Ecce Virgo &a, respondió, que no había tal voz en el texto, sino otra voz hebrea, que significaba mujer corrompida, como alma, y otras, de que no se acordaba; pero sí, de que cuando le oponían algunos textos los interpretaba de una manera, que no convenían a la venida del Mesías; asentando, que ésta era una materia muy delicada, que se debía tratar con mucho empeño; porque en el reino había muchos judíos; y todo esto lo fundaba en que aquí se estudiaba la Biblia de rodillas, y con devoción, debiéndose estudiar con libertad de entendimiento para discurrir lo que nos parezca, sin temer a la Inquisición. Que según la libertad con que hablaba no duda que dijera lo que se indica de Santa Teresa, pero que se inclinaba más, a que lo dijo contra la Madre Agreda. Que explicando este reo el mecanismo de la naturaleza, como filósofo, le oyó decir que la fornicación no era pecado, sino una evacuación natural, ni los tactos impuros, ni la polución procurada; pues dice, que es una materia que no ha de salir por los ojos, ni por los oídos, ni por la boca; y que con esta doctrina solicitó con conato inspirarle muchas veces al declarante a lo mismo. Que en diez o doce días que estuvo con este reo en Tajimaroa, no lo vio rezar el oficio divino; y diciéndole una día que se le hacía pesada la asistencia al coro, porque le hacía falta el tiempo, como a predicador que era, y que si estuviera en su arbitrio dispensaría él a todos los oficiales, le respondió: Que él dispensaría a los del coro y a los de En el papel de apuntes que este testigo presentó como parte de su declaración, dice: Que le oyó decir a este reo, que la sagrada eucaristía no se conoció en los términos que hoy la enseña la Iglesia, hasta mediado el siglo tercero, que antes se tuvo por pan bendito; y hasta entonces no se conoció la confesión auricular. Que la epístola de San Pablo que predica la eucaristía era apócrifa; y que toda la doctrina que trae el evangelio de este sacramento estaba mal entendida, por entender ser la existencia real de Jesucristo en el que debía entenderse como aquellas palabras ego sum via, &a. Que no entendemos en ellas sea camino material por donde andamos. Que leyéndole el reo la epístola de San Judas, le dijo, que lo tenía por un ignorante, por aquellas palabras con que concluye. Los pecadores son como las nubes sin agua; y luego le preguntó ¿que de qué otra cosa habían de ser? En otra ocasión le dijo, que la moral cristiana, o nuestros moralistas, enseñaban sin principios; pues si todos tuvieran unos mismos, todos sacaran unas mismas penitencias, respecto a unos mismos pecados, lo que jamás sucede. Que abiertamente manifiesta, y enseña en sus conversaciones que la fornicación no es pecado; como dijo en su declaración; y que las religiones son inútiles a la Iglesia de Dios, porque se fundaron en el tiempo de la ignorancia. Dice también, que no reza el oficio divino porque la silla apostólica ha querido obligar a los eclesiásticos a lo que no ha obligado a los seculares; esto es, a que fuera den culto a los santos, que no es de fe que lo sean. Que el presbítero don Martín García, sigue las mismas máximas y doctrinas que este reo, y ambos censuran el gobierno monárquico, y desean la libertad francesa en esta América. Y finalmente, asegura que en todo el Antiguo Testamento no se halla una profecía cumplida sobre la venida del Mesías. Y sobre muchos de los particulares que dejaba expresados, podrían declarar el cura de Tajimaroa, y sus Folio 22.⎯ En 3 de septiembre del mismo se libró comisión al doctor don José Iturriaga, cura de Zitácuaro, para el examen del presbítero don Martín García; y en 10 del mismo informó que este conteste estaba en Valladolid; y sabía que profesaba íntima amistad con este reo, que se trataban con estrecha familiaridad, cuya circunstancia hacía presente por prevenirse así a los comisarios en la instrucción; y en 20 del mismo se libró la comisión al de Valladolid. Y por último se suspendió su examen. (Informe del padre doctor Casaus; folio 26).⎯ En 13 de diciembre del mismo año se pasó orden al padre doctor fray Ramón Casaus, para que informase sobre lo que observó en el viaje que hizo a Celaya en orden a la vida, porte, conducta, y sentimientos cristianos de este reo, y en 20 del mismo diciembre; Que aunque tenía formado muy mal concepto de este cura, por lo que públicamente se decía de su vida escandalosa, y de la comitiva de gente villana que come, y bebe, baila, y putea perpetuamente en su casa; no quiso oír particularidades de su modo de vivir, cuando se ofrecía ocasión de poderlas sacar a don Diego Bear y Mier, cura del Armadillo, que tenía mucho conocimiento de él. De algunas palabras preñadas con que se explicaba, escandalizado, infirió, que le habían oído hablar mal de las religiones, y principalmente de nuestro gobierno, daba a entender, que éste no, siempre se lamentaba de la ignorancia en que estamos, y superstición en que vivimos, como engañados de los que mandan. Que yendo un día del pueblo de San Felipe para la hacienda del Cubo, el citado Bear, decía ¡Qué diferente compañía ésta de aquélla! ¡Parece, que toda aquella gente se había olvidado de su fin! Que esto lo decía con motivo de las conversaciones sobre la muerte etcétera. Que sin duda podría informar más menudamente dicho cura Bear sobre dicho reo, tenido por sabio, y aplaudido de aquella canalla que vive a sus expensas. Que el mismo podría decir sobre el escándalo, y sacrílega irrisión de que allí habían bailado los vicarios con el santo óleo colgado al cuello; que en la misma casa se festejaban con máscaras con las vestiduras y ornamentos parroquiales; y en la Nochebuena los ministros escondieron en el altar la ostia consagrada para que la buscase el padre consagrante, como si se la hubieran robado y con esto hacía reír a la gente. Que estas eran las especies que les dio a entender; pues el horror, y pena, que le causaron, le retrajeron de saber otras; que no dudaba de que esto estaría ya denunciado al Santo Oficio, y por lo mismo huía de la indagación. Y finalmente que el citado cura Bear le refirió, que algunos habían proyectado meternos en contestaciones delicadas sobre cosas de los gobiernos, y de (Testigo 3º don Diego Bear; folio 31).⎯ En vista de este informe se mandó librar comisión al comisario de San Luis, y con efecto, en 13 del siguiente enero se libró, para que como más inmediato al lugar de la residencia de Bear, lo examine, y ratifique en forma, lo que así ejecutó 1° y 3 de febrero del mismo; y sin embargo de haberle hecho prolijamente las preguntas deducidas del procedente informe, solamente dijo: Que se acordaba haber oído decir; sin saber quién, ni cuándo, que un eclesiástico que en una ocasión llevaba el santo óleo al cuello, se puso a bailar en casa de este reo; y que sabía con certeza que no fue por irrisión, sino por olvido, o por ignorancia, que así mismo había oído conversaciones a este reo, y a otros, no contra las órdenes religiosas, sino contra el cumplimiento de las obligaciones de los religiosos en particular; y finalmente, que en conversaciones había oído disputar, sobre si era mejor el gobierno republicano, que el monárquico; pero que no se acordaba a quién, cuándo ni en qué lugar; y que no había oído al cura Hidalgo contra las máximas religiosas; ni tampoco sabía que en su casa se putease. El comisario informó, que creía que este testigo no habría faltado a la verdad; aunque le parecía que estimaba mucho a este reo, y lo alababa por su literatura, y trato que con él tenía. (Testigo 4º don Juan Antonio Romero; folio 42).⎯ Don José Vicente de Ochoa, cura de Irimbo, por comisión, que se le libró en 13 de enero del propio año en los días 5 y 7 de febrero, hizo comparecer ante sí a su vicario don Juan Antonio Romero, que se halló presente al almuerzo que se hizo en la casa del cura de Tajimaroa la Pascua de Resurrección, y juramentado, dijo: Que el día anterior al almuerzo efectivamente concurrió en dicha casa a presencia de dicho cura, los mercedarios fray José Estrada, fray Joaquín Huesca, y la familia; y que este reo estaba leyendo, y traduciendo con energía al Fleuri; pero que no tenía presente, ni podía asegurar, que éste hubiese defendido no ser de fe la expresión de San Pablo; y que hacía juicio, de que si lo dijo, sería sin duda, por probar los talentos del padre Estrada, (quien sobre el particular le replicaba) porque respecto a que este reo era uno de los más finos teólogos, creía, que quiso jugar con él; que no creía, ni se persuadía a que se sobrecogiese al oír las palabras del santo apóstol; que constaba ser de genio travieso en línea de letras; y que en quince años que lo conocía, no le había observado cosa que notar contra sus costumbres ni contra la religión cristiana. (Testigo 5º don Antonio Lecuona; folio 43).⎯ El mismo comisario pasó a Tajimaroa, y en 10 y 13 de febrero examinó, y ratificó a don Antonio Lecuona, cura de dicho pueblo, y dijo con juramento: Que aunque oyó algunas disputas escolásticas entre este reo, y los padres fray Joaquín Huesca, y fray José Estrada, no atendió a ellas por sus ocupaciones; afirmó no haber oído a este reo cosa contra la santa fe católica; y sólo sí que la Madre Agreda era una ilusa; y aunque el comisario le preguntó sobre todas las especies en que es dado por conteste, respondió negando, como lo hizo a la pregunta sobre vida, y conducta etcétera respondiendo que no quería declarar sobre este particular; y que así lo hizo, a pesar de haberlo estrechado el comisario por tres o cuatro ocasiones. (Testigo 6º y 7º doña María Ignacia y doña María Josefa Lecuona; folio 44).⎯ El mismo comisario en los propios días, y lugar, examinó y ratificó a doña María Ignacia, y doña María Josefa Lecuona, hermanas del anterior testigo; y sin embargo de haberles hecho las preguntas oportunas sobre lo que eran citadas, nada produjeron, a excepción de la segunda, que dijo, haber oído decir a este reo, que ningún mandamiento se quebrantaba con más facilidad que el sexto, dando a entender que era un pecado; y a la particular sobre la vida, porte y conducta, se negaron a contestar. El comisario informó, que el expresado cura, y sus hermanas se negaron a contestar sobre la conducta del reo, por haber jugado con él continuamente desde mozo, y ser inclinado a tener casi siempre músicos en su casa; que el cura es muy escrupuloso y tímido, de modo, que para declarar en lo que fue preguntado, lo hizo temblando; que a las hermanas las tenía por virtuosas; y que de resultas de estas diligencias quedaron muy (Folio 47).⎯ Por un informe que se pidió al comisario de San Luis, dijo en 7 de marzo de 801. Que concurriendo con doña María Josefa Portillo, ésta le dijo, que hablando, mucho tiempo hacía con el cura Hidalgo, le dijo: Que bastaba para vivir en su casa bailar, que era una concurrencia continua de hombres, y mujeres en bailes; que tenían un hombre destinado, para que cuando se disgustaban algún hombre con mujer, los compusiera, que (Testigo 8º doña Josefa López Portillo; folio 60).⎯ Por lo que resulta del anterior informe se libró comisión a dicho comisario, y en su virtud examinó y ratificó en forma en 5 y 7 de abril del mismo a doña Josefa Portillo, doncella, y de buena nota, la cual dijo: Que se acordaba de haber hablado con varias personas, y determinadamente con don Vicente Troche, y doña Claudia Bustamante, en orden a concurrencia dicha; y que ésta le refirió, que en la casa de este reo había una revoltura que era un Francia chiquita; pero que esto lo entendió la declarante por la igualdad con que se trataba a todos, aunque también le dijeron que lo hacía con el fin de agradar a las gentes de todas clases, a quienes llevaba a su casa, y (Testigo 9º doña Claudia Bustamante; folio 58).⎯ Examinado, y ratificado don Vicente Troche, nada contestó. Y procediendo al de doña Claudia Bustamante. Dijo ésta: Que por facetear con el cura del Armadillo don Diego Bear, porque le cuadraba mucho ir a San Felipe, le dijo ella que lo que le cuadraba a él, era la Francia chiquita de dicho pueblo; que ella estuvo tres días en San Felipe, y aunque asistió en ellos al baile en casa de este reo, no notó cosa que le disonara; y finalmente que al presbítero don Jacinto Bear, le oyó que no le gustaban las concurrencias de hombres, y mujeres en esos bailes; que el cura Hidalgo era (9º doña Guadalupe Santos; folio 78).⎯ En 24 de marzo de 810, se libró comisión al comisario de Valladolid para el examen de doña Guadalupe Santos, sobre que con motivo de visitar con intimidad la casa de este reo, se explicó con don Pedro Barriga, diciéndole, que deseaba verse religiosa por no tratar con un sujeto tan libre en sus conversaciones, como el dicho reo. El comisario informó que esta mujer estaba monja teresa en Puebla. Examinada esta monja nada contestó, porque dijo, que todo le cogía de (10º don Pedro Barriga; folio 66).⎯ Por el informe de 11 de marzo de 801 del comisario de San Miguel, resulta, que el presbítero don Pedro Barriga, vivió largo tiempo con él, y que jamás le vio devoción alguna, ni rezar el oficio divino. En 24 del mismo se libró comisión para su examen y ratificación, y lo ejecutó en 8 y 13 del siguiente abril, y dijo: Que aunque no le observó devoción alguna visible, sí le vio celebrar, y oír misa cuando no la decía, y predicar los sermones que le encomendaban. Que era cierto haberle notado omisión en rezar el oficio divino, y haberle oído igualmente la expresión, que aseguraba ser de San Agustín: Qui sine lingua vivit, sine lingua moritur; añadiendo, que los más eclesiásticos castigados por el Santo Oficio, se había observado en ellos la falta de esta obligación de cumplir con el oficio divino, y que ésta era como preámbulo de sus desgracias; y valiéndose el testigo de las mismas palabras de él, le reconvino sobre el cumplimiento de esta obligación, y respondió, que el trabajo de la cátedra le exoneraba de ella, según el sentir de varios autores; pero que sin embargo rezaba algunas veces; y que nunca le oyó proposición alguna contra la fe; y sí declamar contra los herejes. En la ratificación añadió, que había oído decir que lo habían notado por algunas personas, proposiciones escandalosas; aunque no sabía cuáles eran, ni hacía memoria de quién le dijo esta especie; que solamente se acordaba de haber oído al cura de aquella villa doctor don Ignacio Palacios, que le habían contado, que este reo decía, que de la Escritura no se podía inferir claramente la integridad en su concepción de la Virgen Santísima; lo que entendió dicho Palacios, que lo diría more escolástico. Elogió su sabiduría docilidad y humildad; y dijo, que en aquel tiempo estaba entregado todo al cumplimiento de su ministerio; haciendo una vida ejemplar, retirado de todo, como tertulia, y comercio de gentes. (11º doctor don Ignacio Palacios; folio 69).⎯ Librada comisión al mismo comisionado en 31 de julio, examinó, y ratificó en forma al sobre dicho doctor Palacios en 13 y 22 del siguiente agosto, el cual dijo: Que a fines del año de 99 le hizo fray Manuel Estrada, mercedario, una consulta, sobre él estaba obligado a delatar a este reo, a quien había oído varias proposiciones, unas impías, otras escandalosas, y otras claramente heréticas, como eran las siguientes.⎯ Que los santos apóstoles fueron unos hombres ignorantes, particularmente San Judas por aquella expresión suya en su canónica, de nubes sine agua, sobre que decía ¿que dónde se habían visto nubes sin agua?⎯ De la Santísima Virgen: Que el texto hebreo no dice Virgo, sino corrupta.⎯ Sobre la eucaristía: Que hasta el tercer siglo no se conoció.⎯ Que las profecías del Mesías no estaban todas cumplidas.⎯ Que la simple fornicación no era pecado, porque la efusión de la materia era cosa natural, y que el texto habla sólo del adulterio, pues dice: Non moe caberis.⎯ Que los soberanos eran unos déspotas tiranos; y otras proposiciones, de que no hacía memoria, aunque de igual gravedad y naturaleza. Que haciéndole peso en su conciencia, preguntó el consultante ¿si acaso este reo las diría gratia arguendi, o como proponiéndole los argumentos de los herejes? Y respondiéndole que no, sino que lo dijo en íntima persuasione, lo obligó a la denuncia. Que igualmente le contó que este reo en cualquiera parte hablaba sin reserva, y con sobrada libertad de estas materias; de modo que don José Manuel de Santo, vecino de aquella villa, rehusaba la concurrencia de este reo en su casa, por la libertad con que se producía en materias de religión, y de Estado; y que por esto estuvo en ánimo de denunciarlo. Que era público, y notorio, que desde que estaba de cura en San Felipe había tenido una vida muy disipada, desentendiéndose enteramente de las obligaciones de su parroquia, y entregado a músicas, bailes, y juegos; pero que desde la cuaresma de aquel año oyó decir que había mudado de conducta, y entrado en escrupuloso. El comisario lo amonestó con la cita del anterior testigo, sobre que de la Escritura no se podía inferir claramente la integridad en su concepción de la Virgen Santísima. A que respondió que no se acordaba; y en la ratificación añadió; que la proposición que dice.⎯ Que de la Escritura no se podía inferir claramente la integridad en su concepción de María Santísima; repitió, que entendiendo esta de la concepción pasiva de la Virgen, no se le preguntó en estos términos, y por eso respondió arriba, que no se acordaba; pero entendiéndose, como debe entenderse, de la activa, reprodujo lo mismo que tiene respondido, que decía el reo que el texto hebreo no dice Virgo sino corrupta. (Don José Manuel Santo; folio 71).⎯ Examinado y ratificado don José Manuel Santo en 25 y 29 de agosto, y sustancialmente dijo: Que fray Manuel Estrada le refirió que este reo había entrado en disputa con él sobre puntos de religión, en la que le conoció cierta libertad en sus opiniones, lo que le obligó a consultar con el doctor don Vicente Gallaga, y el maestro Escalera; y que con dictamen de éstos había formalizado su denuncia; pero que él no sabía otra cosa más de él, que generalmente lo tenían por afrancesado, que hablaba con mucha libertad, y que jamás concurrió en su casa, ni lo conocía, más que de vista. En 15 de septiembre del mismo año pasaron los autos al señor inquisidor fiscal, y dijo: Que los padres Huesca, y Estrada, denunciaron y atribuyeron a este reo varias proposiciones de la mayor gravedad, y dignas, si se hubieran justificado, no sólo de remitirse a calificación, sino también de pedir la prisión de dicho reo, con secuestro de sus bienes; pero que carecían de prueba, y el padre Estrada de que se dé crédito a su denuncia, y declaración, según el informe de 4 de septiembre último. Que era cierto que algunos informaban mal del expresado reo; pero que también lo era, que el comisario decía, que en el día ya estaba reformado, haciendo una vida ejemplar desde cuaresma del propio año, lo que también aseguraban los contestes Barriga, y Palacios, hasta haber llegado al extremo de escrupuloso. Y por todo lo dicho pidió, que se anotase su nombre en los registros, que se suspendiese esta causa hasta más prueba, y se pusiese en su letra. Lo que así se acordó en 2 de octubre.⎯ Entre otras cosas que expuso el comisario en su citado informe, dijo, que generalmente había oído decir a todas personas que trataban al padre Estrada, que no se le podía creer cosa alguna, pues tanto en asuntos triviales, como en los de sustancia, jamás (12º don José Manuel Castiblanque; folio 80).⎯ En 22 de julio de 807 se presentó el presbítero don Manuel Castiblanque ante el comisario de San Miguel el Grande, y dijo: Que en el año de 801 concurrió con el fraile Manuel Estrada, y que entre las varias especies que le refirió, que había oído en Tajimaroa a este reo, unas eran escandalosas, y otras heréticas, aunque no hacía memoria de cuáles fueron, y si sólo; de que la fornicación no era pecado; y que por ellas lo había denunciado al Santo Oficio; y también le enseñó una carta del comisario de Celaya en que lo citaba para evacuar con él cierta cita. Lo que no denunció entonces, por no haber conocido la gravedad. Por no haber venido en forma esta declaración, se devolvió al comisario para que ratificara en ella al denunciante, y así lo ejecutó en 3 de agosto, sin añadir ni alterar. (13º María Manuela Herrera; folio 85).⎯ María Manuela Herrera, casada, y de 41 años mujer de buena nota, que frecuenta los sacramentos, se presentó ante el comisario de Querétaro, quien en 4 y 5 de mayo del año pasado de 1808 la examinó, y ratificó en forma, y dijo: Que se presentaba de su voluntad, y denunciaba en descargo de su conciencia al padre don Miguel Hidalgo, cura de la congregación de Dolores, sobre que viviendo con él, un día estando comiendo, la dijo. Que el Niño Dios que había nacido en Belén, no había padecido, que se había perdido, que Dios no tenía necesidad de padecer. Y preguntándole la declarante ¿pues el que padeció quién fue? le respondió que un hombre a quien se le antojó morir; y que aunque estaban presentes otras personas, no hacía memoria de quiénes fueron, por más que se había calentado la cabeza. Que en otra ocasión estando ambos en conversación, la dijo: ¿Qué, querrá vuestra merced creer que hay infierno, y que hay diablos? No creas eso Manuelita, que esas son soflamas. El comisario la reconvino ¿que cómo en tanto tiempo no había denunciado las dichas proposiciones? Dijo: Que como ella llevó amistad ilícita con este reo, con el que hizo un conchabo de que ella le buscaba mujeres para pecar, y él a ella le buscaría hombres para lo mismo, creyó, que por seguir este reo en sus obscenidades, decía, que no había infierno, y lo demás que dejaba expuesto; cuya denuncia hizo entonces por mandato de su confesor, y en descargo de su conciencia. (Folio 87).⎯ En vista esta denuncia pasaron los autos al secretario que hacía de fiscal en 1º de mayo del mismo, y en 8 del siguiente junio pidió, que se aguardase a más (Folio 88).⎯ Fray Diego Miguel Bringas dio noticia al tribunal de que en 15 de marzo de 809 habiendo pasado al pueblo de los Dolores, y que había visto en poder de este reo algunos libros prohibidos, como eran el Serri, bajo propio nombre, y el de Agustín Leblanc, por el Tratado de Auxilios, y las Disertaciones histórico-crítico polémicas de Cristo et ejus Virgine Matre. En esta última obra se desenfrena el autor contra la obra de la venerada Madre Agreda, y que este reo promovía esta crítica prohibida, aconsejando que se predique contra su doctrina, y la llama con el apodo de vieja ilusa. Y que por no constarle que tuviese licencia para leerlos hacía esta denuncia. (Folio 90).⎯ Publicada la Gaceta del 28 de septiembre de este año de 810 se sacó para la causa de este reo el párrafo que es del tenor que sigue.⎯ ¡Qué contraste tan horroroso formarían con estos puros sentimientos de los indios de México los execrables excesos de los impíos Hidalgo, Allende, y Aldama, que van sembrando por todas partes el horror, la desolación los robos! y sobre todo, lo más sensible, la irreligión, atreviéndose este reo a inspirar las impías máximas de que no había infierno, purgatorio, ni gloria, para que cada uno siga sus pasiones, queriendo hacer a sus secuaces semejantes a los brutos. (Calificación; folio 93).⎯ En 9 de octubre se mandó sacar extracto de dichos y hechos para su censura, los que en el día se mandaron a los calificadores provinciales de Santo Domingo maestro fray Domingo Barrera, y doctor fray Luis Carrasco, quienes al siguiente día presentaron su parecer, diciendo en resumen, y por la brevedad con que se les encargó, dijeron: Que por todo lo expresado en el dicho extracto, y siendo sectario de la libertad francesa, lo calificaban en lo subjetivo de un hombre libertino, sedicioso, cismático; de hereje formal, judaizante, luterano, calvinista, y muy sospechoso de ateísta, y (Folio 95) .⎯ Por auto de 11 del mismo se mandó que en atención a que este reo estaba resguardado con su ejército de insurgentes fuese citado, y llamado en forma por edictos con término de treinta días; y con efecto, en el día 14 se publicó, y fijó en esta (Folio 101).⎯ Por decreto de 19 del dicho se libró comisión al comisario de Querétaro, para que con arreglo a lo que resulta de la citada gaceta engrosase esta sumaria examinando al efecto a algunos de los sujetos que vayan llegando de Celaya, y San Miguel, a aquella ciudad, que pudiesen dar razón de los errores y criminal conducta de este reo; lo (14º fray Juan de San Anastasio; folio 107).⎯ En 22 y 23 de los expresados año, y mes, el calificador y comisario fray Mariano de la Santísima Trinidad examinó, y ratificó a fray Juan de San Anastasio, carmelita, y dijo: Que por voz pública, y común, sabía, que este reo, jefe principal de los insurgentes había predicado, que no había infierno, gloria, ni eternidad, sino que en la muerte del hombre todo se acababa. Que tratando de estos errores con fray Hilario de Jesús María, le dijo, que no se admirara de eso, pues sus mismos condiscípulos que se habían criado con dicho reo le habían asegurado que siempre había sido muy libertino; y tan entregado a la obscenidad, que había vivido amancebado con hombres, y mujeres. Que por su hermano don José Ortiz, sabía, que estando una temporada larga en el curato de este reo por el año de 800 y 801 dio en dicho tiempo las manos a don Carlos Palacios, y a doña Josefa Conde, difunta, a la que en aquellos días ofreció quinientos pesos porque le franquease su cuerpo; que en las mismas bodas, estando en un baile fue este reo a sacar a la novia a que bailara, como bastonero que era, y resistiéndolo ella; con escándalo de todos, la sacó arrastrando por el estrado. Que sabía igualmente por un predicador de San Francisco de Zitácuaro, andaluz, que en unas fiestas que hubo en dicha villa hizo este reo una acción (sin expresarle cuál fue) tan mala, que escandalizó a toda la villa. Declaró también que por relación de don José Manuel Ortiz, según hacía memoria, que este reo en la misma noche de la sublevación pidió doscientos pesos prestados a don N. Cortina, el que además de habérselos entregado, le ofreció, que de dieciocho mil pesos que tenía en su poder, que tomara lo que quisiera y que el pago, que le dio fue ir a su casa a la madrugada cuando aún estaba en su cama con su mujer, y diciéndole que se levantara, lo cogió de las piernas, lo sacó arrastrando por la pieza, y lo mandó preso a San Miguel, quedándose él con la mujer, a quien entregó su ropa, y la dio una corta limosna para que se regresara a Valladolid su patria. Que por voz pública había oído decir, que entre los principales motores de la revolución, se contaban por junio de este año en Valladolid, al capitán García Obeso, a los Michelenas, a don Luis Correa, y que éste dijo a un amigo suyo: Esta es causa nuestra (aludiendo a ser movida por los criollos) y que por lo mismo, era necesario seguirla hasta el fin. Este Correa es arrendatario de la hacienda de Jaripeo, propia del reo. Que también oyó decir, que preguntando el obispo de Valladolid a este reo por el estado de la cría de gusanos de seda; le respondió: Que para mediados de octubre le llevaría una gusanera a Valladolid, que no se entendería con tantos gusanos; y que habiendo entrado este reo en Valladolid en la casa del prevdo. Flores, le dijo, que era casa para un general, y respondiéndole que no era para tanto, le dijo, sí, sí; pero para fines de septiembre, o de octubre, prometo traerle a vuestra merced un trofeo de guerra hecho de mi (15º doctor don José Ignacio Muñiz; folio 111).⎯ El doctor don José Ignacio Muñiz, cura de Xocotitlán presentó un escrito en 7 de noviembre, en el que entre otras cosas que refiere, dice: Que la juventud escolar de Valladolid bautizó a este reo con el nombre de Zorro, como que previó en él un abismo de astucias; el probabilismo más condenado fue la leche que lo crió; el libro de sus moralidades ha sido, en la mesa, las fábulas de La Fontaine; que este infeliz reo, declarada su revolución, teniendo seducidos los viciados pueblos de Valladolid, se acercó a Tlalpujahua; publicó en él un bando que protestó dentro de ocho días presentar a este tribunal ni en Witemberg, ni en Estrasburgo, ni en París, alguno de la nación luterana se ha dicho más sedicioso, revolucionario, escandaloso etcétera. Y es el tenor siguiente.⎯ El licenciado don Ignacio Rayón, por comisión del excelentísimo señor don Miguel Hidalgo y Costilla, a quien es encargada su redención de estos países felices de América. Contiene 9 capítulos, el preámbulo dice: Que averiguada la coalición de muchos de este reino con Bonaparte inflamado de un glorioso entusiasmo, su corazón determinaba librar este reino de los males que le amenazaban. El capítulo 1º ordena, que todo americano se arme contra todo gachupín, bajo la pena, que de no hacerlo se tendrá por reo de alta traición. Que los bienes de todo europeo sean secuestrados a favor de la nación. Que queda establecida la libertad. Que el fanatismo sólo ha inventado la diversidad de clases, que el esclavo sea ya libre, e igual en todo al español. Que libra de tributos, suprime los estancos de pólvora, naipes, papel sellado. Reduce las alcabalas al tres por ciento en los efectos del país, y al seis en los extranjeros, y que el tabaco siga la anterior regla. En cuyos términos da idea de la soberanía que ostenta en dicho bando. Que este reo tiene miras más inmensas, más diabólicas que Lutero, y Tomás Munier, que aspira a reunir en sí el sacerdocio, y el imperio; y que su plan no era otro que hacer de la América una Iglesia anglicana. Que habiendo entrado este reo en Ixtlahuaca fue recibido por aquel cura con repiques de campanas, bajo de palio, con cruz, ciriales, y ministros revestidos. Que la primera ceremonia que con él practicaron fue entregarle los edictos de los señores arzobispo, obispo de Valladolid, y el del tribunal, y los otros se rompen, despedazan, y pisotea la comitiva de clérigos, y frailes, que le seguían, diciendo en voz alta⎯ Que cuarenta excomuniones que el tribunal fulmine, viene entre ellos quien las absuelva. Que en la misma tarde se cantó el Te Deum expuesto el Santísimo Sacramento; y la antífona sacerdos et pontifes; y al día siguiente que fue festivo, se celebraron misas en los corredores de la casa cural, y portales infames de la plaza, con notorio desacato. Que al arribo de las tropas estando todos los clérigos, y frailes con este reo, profirieron expresiones muy denigrativas contra este tribunal, diciendo, que hasta aquí había sido santo, y respetable, pero que en el día era el más despreciable del mundo por estar compuesto de unos gachupines ignorantes. Que este reo ofreció entrar el día 2 de noviembre en el palacio del virrey, contando que tenía 40,000 soldados en esta capital; que visitaría primero la catedral, y después a la Inquisición pediría en ella su causa, manifestaría los documentos de la coalición de los europeos, entre quienes eran los primeros el excelentísimo señor virrey, los señores oidores europeos, manifestaría a todos que no era hereje; y que diría después, ni inquisidor gachupín, ni arzobispo gachupín, ni virrey gachupín, ni rey gachupín, ni santo gachupín. Y que todo lo expuesto era público, y notorio entre los sujetos de la mejor nota de la jurisdicción de Toluca. (Folio 115).⎯ El mismo comisario expuso al tribunal en 16 de noviembre que ninguna cosa era más cierta, que este reo estaba bien impuesto del comparendo que se le hizo por el edicto de 13 de octubre; pues don Mariano López, de profesión médico, que presenció la entrada que hizo el 27 en Ixtlahuaca, aseguraba, que en el mismo juzgado de dicha villa, cuando tomó posesión, vio el dicho edicto, y se enrabió al encontrarlo. Don Pedro Valverde, y José María Chávez, le aseguraron, que el edicto que estaba fijado en la puerta del juzgado lo despedazó la tropa. Que por el cura de San Bartolomé Ozolotepec, sabía, que habiendo concurrido con dicho reo, éste le tocó afablemente en el hombro, y le reconvino, como en tono de queja, que se hubiese publicado contra él tal edicto. Y finalmente que sabía que por los ultrajes que hizo la tropa en los templos, con las imágenes, y ornamentos, dijo el general Allende a este reo: Si esto se sabe en México, acaban de confirmar que somos herejes. En propio día se le dio comisión para evacuar estas citas. (16º don José Mariano López; folio 121).⎯ En 20 y 22 fue examinado y ratificado este testigo y dijo: Que estando en la casa del cura en el citado día, y acabada la comida, se movió conversación sobre el edicto, y oyó decir a este reo, que el Santo Oficio le imputaba que era hereje luterano, y después deísta, que estas cosas se contradecían, y oponían; que asimismo le acusaba el Santo Oficio de haber predicado que no había infierno; pero que de esto mismo testificarían lo contrario los indios y demás que le oyeron predicar todo lo contrario, y que los mismos indios le hacían beneficio de haberse pasado a su partido para que ellos convencieran, que había predicado acerca del infierno, como del pecado que es la fornicación; que lo citaba el Santo Oficio para dentro de treinta días; y que seguramente se presentaría ante él antes de dicho término y que por todo lo expuesto creía que era sabedor (17º don Ignacio de Viana; folio 126).⎯ Este testigo que es el cura de Lerma, examinado y ratificado en los mismos días que el anterior, dijo: Que sabía que habiendo entrado los indios de Ozolotepec en la hacienda de San Nicolás, robaron la capilla, y sacando los ornamentos, los pusieron por sudaderos a sus caballos de cuyo escandaloso hecho el administrador de ella don Pedro Campos dirigió su queja a este reo, y a Allende, y éste le dijo a aquél, que si supieran en México este atentado, dirían, o acabarían de confirmar que eran herejes. Que don José María Benavides vecino de Lerma, le refirió, que le avisaban de la ciudad de Toluca, que habiendo este reo entrado en la parroquia en la tarde de su arribo, y viendo los edictos del Santo Oficio en la puerta, los leyó; y que enterado de ellos dijo, que se concluiría su operación, y le haría ver que Hidalgo no era (18º don Pedro Valverde; folio 131).⎯ Don Pedro Valverde, labrador de Xocotitlán examinado, y ratificado en esta ciudad en 21 y 22 de noviembre del mismo año, dijo: Que habiendo llegado este reo a Ixtlahuaca, fue recibido bajo de palio, con ministros revestidos, y que luego que entraron en la iglesia cantaron los cantores una cosa que él no entendió; pero que vio que en el juzgado de dicha villa, varios soldados del ejército de este reo estaban leyendo el edicto del Santo Oficio; y que por el miedo que cobró a aquella gente, se El tribunal por su auto de 24 del mismo acordó, que respecto a constar de estas diligencias que este reo tuvo noticia, y habló sobre el edicto de su citación el día 27 de octubre próximo pasado en Ixtlahuaca, declaró: Que el término de los treinta días se contase, y corriese desde el veintiocho, por no constar que antes llegase a su noticia; y que pasasen los autos al señor inquisidor fiscal; lo que así se ejecutó; y en 28 de noviembre presentó un escrito pidiendo que se declarase a este reo por rebelde, y contumaz, señalándole el término de diez días, para que dentro de él se presentase personalmente en este tribunal. En el mismo día el tribunal tuvo por acusada esta rebeldía, le concedió el término pedido y mandó que se notificasen los estrados, y así se ejecutó. En 24 del mismo noviembre dio aviso el sobre dicho comisario Muñiz de que acababan de llegar a esta ciudad don José, y don Francisco Coterillo, vecinos de lxtlahuaca, sujetos instruidos perfectamente en la conducta de este reo, y acreditados por incorruptos en los actuales términos; y en el día se le dio comisión para que los examinara. (19º don Francisco Coterillo, presbítero; folio 139).⎯ Examinado, y ratificado el segundo, sólo dijo: Que oyó decir (a personas de quienes no hacía memoria) que este reo había dicho, que no era hereje, como le imputaba el Santo Oficio; lo que oyó a los soldados insurgentes; y que no supo si leyeron o no el edicto. (20º don José Coterillo; folio142).⎯ Este testigo examinado, y ratificado como el anterior, dijo: Que presumía ser llamado sobre el poco aprecio de la excomunión del señor arzobispo, y del Santo Oficio, porque dice, que unas cosas son hechas por la fuerza, o voluntarias, y que observó cosas, que más tenían de ésta, que de la fuerza. Que lo primero que le pasmó, fue que el cura de Ixtlahuaca se hubiese franqueado a oír la misa del capellán de este reo, lleno de barbas; y que trató con menosprecio los ornamentos sagrados. Que también le chocó el que entre una, y dos de la tarde el que se repicara en aquella parroquia con el pretexto de que se dijo, que había entrado un expreso del excelentísimo señor virrey en el que pedía capitulaciones a este reo; que al otro día escribió dicho cura un oficio al mismo (quien se hallaría entonces por Arroyozarco) facilitándole la rendición de México, lo que le comunicó al declarante que don Joaquín de la Masa, que fue el que le escribió dicho oficio al citado cura, él se firmó como comisionado del excelentísimo señor don Miguel Hidalgo, capitán general de América. Y finalmente, que oyó decir, que este reo dijo: Que vendría a contestar con el Santo Oficio antes que se cumpliese el término que le (Carta; folio 148).⎯ Párrafo de la carta que don Lorenzo Corral, capitán del regimiento de la Corona escribe a su hermano desde Guanajuato sobre los insurgentes, dice así.⎯ Ninguno de los castigos inventados, y por inventar que se les aplicase a los asesinadotes de los europeos, serían bastantes a subsanar aquella inaudita crueldad; pues a más de estar presos, e indefensos, los herían tres, o cuatro veces para que padecieran, y después los mataban, contribuyendo a este infernal acto las mujeres con los paños de rebozo atravesados, y cuchillo en mano; de modo, que debía exterminarse semejante canalla, y a la mayor parte de los sujetos principales que están infestados; y del clero no digo menos, que se atrevieron a predicar defendiesen la ciudad, por ser intereses del soberano, religión, y patria, atendiendo estos sacerdotes, a que fueron intimidados por Allende, de que así lo hiciesen, debiendo morir antes que practicarlo; pero que se debe extrañar cuando en la primera entrada de tan vil canalla, se hizo en obsequio de ella un novenario a la Virgen de Guanajuato, y con exposición del Santísimo Sacramento, concluyendo con procesión, que presidió Allende llevando en su cuerpo el manto de la Virgen. Tanto aquí como en Irapuato, y otros parajes, han sido recibidos bajo de palio, ciriales, cabildo, y demás obsequios propios de un soberano, y aun privados algunos a su majestad católica, que no osa ponerse el sombrero en la iglesia, como lo practica el heresiarca cura y secuaces, sacando las espadas al alzar en prueba de que defenderán la religión, y viva Nuestra Señora de Guadalupe, y sacan el reloj, dinero y cuanto pueden pillar, llegando su lascivia a robar unas hijas de San Luis de la Paz, cohonestando a su ejército, era lícito porque al padre de las chicas no tuvieron que robarle, y así se compensaba la falta de proporciones de aquél; en fin, sería nunca acabar si manifestase (Testigo 21; folio 149).⎯ Fray José Francisco Alarcón, franciscano de Toluca presentó un difuso escrito, reducido a que.⎯ En el día 28 de octubre fue recibido este reo bajo de palio, y toda su comitiva en la iglesia de su convento, en donde se cantó el Te Deum. Que poco antes que este reo, los padres fray Manuel Lara, fray José Calderón, y fray José Minguet, mandaron quitar todos los edictos del tribunal y del señor arzobispo ignorando si fue por miedo, o porque no hicieran ultraje de ellos, aunque después los volvieron a fijar; y finalmente, que sabía, que su guardián había llegado a entender los planes, y proyectos de este reo, y eran, de que si entraba en esta capital, había de dar satisfacción, de que había de reducir al señor arzobispo al estado del último clérigo; que tumultuariamente pedirían a este tribunal la causal de excomunión que le impuso; y que a los señores inquisidores los habían de juzgar como a reos. (2ª rebeldía; folio 1º de la 2ª pieza).⎯ En 10 de diciembre volvieron a pasar los autos al señor inquisidor fiscal, y en el mismo día puso la segunda rebeldía con término de otros diez días, la que se tuvo por acusada, y se notifica los estrados; y cumplido éste en veintidós del mismo, pasaron los autos al señor inquisidor fiscal. (Informe 2º; folio 3º).⎯ En 19 de julio de 800 informó el comisario de Valladolid, que este reo fue catedrático de teología y rector del Colegio de San Nicolás muchos años, que era hombre doctísimo, y de mucha extensión; que se atrasó en su colocación por el vicio del juego, trato torpe con mujeres, y libertad en hablar; que no se quiso graduar, porque decía que la Universidad era una cuadrilla de ignorantes; y que la ciencia lo había inflado, y precipitado a leer libros prohibidos, con lo que volteó sus ideas, y pervirtió su espíritu; y que el dolor de un sujeto como éste hubiese caído en tanto error le había arrancado del pecho lo que dejaba informado. El mismo comisario volvió a informar en 2 de marzo de 801 y dijo: Que este reo tenía por su favorito a Fleuri, libro pésimo, que engendraba en los lectores inflación, y orgullo; desprecio de los santos, de los papas, y su autoridad; de las reliquias, y devociones; y por tanto prohibido por el señor Benedicto 14. Que cuando fue catedrático introdujo en su colegio al padre Serri, y de moral los autores tenidos en jansenismo; para la filosofía libros modernos, que si se examinaban, no dejarían de sacar una justa censura. Que asistiendo el informante a un acto en el mismo colegio, oyó decir al presidente (que no tenía pelo de barba) que los extensores del gran catecismo de San Pío Quinto, no supieron filosofía, y explicaron los misterios sin entender lo que decían; y que por este atrevido dicho lo reprendió y calmó el argumento. Y finalmente que era jugador, y que había disipado cuanto estuvo a su cargo; y que tenía trato escandaloso con una mujer, que vestía todas modas, hasta que desengañada por un buen confesor, se retiró (Informe 3º; folio 50).⎯ En 11 de marzo de 801 informó el comisario de San Miguel el Grande, que había llegado a su noticia de que un eclesiástico llamado Jiménez, había soltado la especie de que este reo estaba ya preso en el Santo Oficio; y por el bachiller don Pedro Barriga que lo trató por muchos años que jamás le vio devoción alguna; antes sí, viéndolo que no rezaba el oficio divino, lo reprendió algunas veces, y le dijo ¿pues no me ha contado vuestra merced que por el desprecio de esta obligación han venido muchos a parar en el Santo Oficio? Que él mismo le refirió que doña Catalina Santos le dijo, que deseaba meterse religiosa por no tener que tratar con este reo, porque era muy libre en sus conversaciones; que esta misma nota se había granjeado en San Miguel; y que por sujetos de literatura, y buena conciencia, llegó a entender, que rehusaban tratar con él, porque promovía especies con que los dejaba asombrados; y también que llevaba consigo el Alcorán de Mahoma. Y finalmente que su conducta era conocidamente mala, que no cumplía con las obligaciones de su ministerio parroquial, y que su vida era una continua diversión en juegos, músicas, y bailes; de forma que tenía en su casa una orquesta (Informe 4º; folio 64).⎯ En el último párrafo de la carta que el comisario de San Miguel remitió al tribunal en 13 de abril de 801 dice así⎯ La reforma del cura Hidalgo se hechó igualmente pública en esta villa; pues he oído hablar de ella a muchas personas de (Informe 5º, pieza 2ª; folio 15).⎯ Fray Simón de Mora, misionero de la Santa Cruz, y capellán de la división del señor Calleja presentó en 22 de febrero un informe muy largo sobre los particulares ocurridos en la actual revolución; y entre otras cosas que en él se contienen, dice.⎯ Que sabía, que en un correo interceptado a los insurgentes, se había encontrado una carta circular que este reo mandaba a sus pueblos, la cual paraba en poder de don José Tovar, teniente coronel de los Dragones de San Luis, y decía:⎯ Que noticioso de que el Tribunal de la Inquisición y algunos obispos, habían publicado contra él algunos edictos. Y no debiéndose dar crédito alguno a estos tribunales por componerse todos de europeos. mandaba a todas las autoridades por él constituidas, y a los comisarios, y notarios del Santo Oficio, que de ninguna manera permitan la publicación de semejantes edictos, bajo la pena a los comisarios, y notarios, si fueren criollos, de confiscación de bienes, y expatriación de estos dominios, y si europeos, de la vida. Que de esta perniciosa circular, nació sin duda el desprecio general que hizo este reo, y sus secuaces, de los edictos del Santo Oficio, y señores obispos, burlándose abiertamente de las censuras impuestas contra ellos; como en efecto así lo acreditó a pocos días con un manifiesto, o contra-edicto que expidió, y de su orden comunicó el infame Anzorena a las comunidades religiosas de Valladolid, como intendente que era de dicha ciudad, y puesto por aquél. Y que finalmente enseñaba este reo que no se debía dar crédito a lo que determinasen, y decretasen los tribunales de europeos eclesiásticos, y seculares; y que por lo dicho podría haberse suscitado, y esparcido el error de que las confesiones hechas con los sacerdotes gachupines (Acusación).⎯ En 30 de enero de 1811 le puso el señor inquisidor fiscal a este reo la acusación compuesta de 52 capítulos y por no haber comparecido en los términos asignados en el edicto de su citación, y rebeldías, en 7 de febrero le fue presentada, y leída; y en atención a que no había parecido, y a que estaba convencido de los horrendos crímenes de que estaba acusado, el tribunal lo declaró por rebelde, y contumaz, señalándolo los estrados de la Audiencia y que se notificasen, y también al dicho señor inquisidor fiscal; lo En 19 del mismo se presentó el señor inquisidor fiscal, y dijo, que pues este reo no había comparecido a responder a la acusación puesta, y notificada en estrados por su ausencia, y rebeldías, que se tuviese esta causa por concluida; y concluyó para prueba. El tribunal tuvo por acusada esta rebeldía, y esta causa por concluida, y recibió a ambas las dichas partes a la prueba en la forma del derecho; lo que se notificó al dicho señor inquisidor fiscal, y a este reo en los estrados de la audiencia por su ausencia; y aquél hizo reproducción de los testigos, y probanzas que contra éste estaban recibidas, así en su proceso, como en los registros de este Santo Oficio; y pidió examen de los contestes, y ratificación de los testigos en la forma del derecho que se hiciesen las demás diligencias necesarias para saber, y alcanzar la verdad; y que hecho así, se hiciese publicación de Habiéndose recibido en este tribunal una proclama sediciosa que en 5 de enero remitió el comisario de Querétaro sin lugar de impresión, ni fecha, pero que sin duda la imprimió este reo en Guadalajara después de la batalla de Aculco, el tribunal por su edicto de 26 de enero de 811 la prohibió con otras dos igualmente sediciosas, y sanguinarias, que todas fueron mandadas quemar de orden del superior gobierno por mano del verdugo. (Testigo 22, don José Martín García).⎯ Don Martín García, prebendado, de Michoacán, que acaba de llegar de España y estaba preso en este Santo Oficio, presentó en este tribunal un escrito en 21 de junio de 811, de las proposiciones y doctrina, que oyó a este reo, a quien antes trató por tiempo de doce años; y fueron las siguientes: 1ª Que en las obras del señor Muratori, se leía el pasaje siguiente: Que los obispos de Francia habían escrito al señor Benedicto 14 o Clemente 14 diciéndole ¿Es posible santísimo padre, que siendo su santidad un prelado tan ilustrado haya tenido la debilidad de creer la impresión de las llagas de San Francisco, y la translación de la Santa Casa de Loreto? Y que la respuesta fue: Que no había hecho otra cosa, sino dejar correr esa doctrina, como que no se oponía a la fe y buenas costumbres. 2ª Que no había habido tal mujer Verónica en la pasión de Cristo; y que lo que se veneraba por Divino Rostro, era una imagen, que después de mucho tiempo se había hallado enterrada con la inscripción al pie: Vera icon, la cual, con el transcurso del tiempo quedó por corruptela en Verónica .⎯ 3ª Que no era cierto que San Dimas estuviese en el cielo; pues no había certeza de que él, y no Gestas, hubiera sido el buen ladrón; y que en prueba de esto, le refirió, que después de mucho tiempo de pasada la pasión, se hallaron dos versos latinos (de los que no hacía memoria) pero que en sustancia, uno decía: Didimus ad Inferna descendit, Gestas ad Astra locatur .⎯ 4ª Que le parecía que San Agustín no había podido satisfacer completamente a Juliano apóstata al argumento que le ponía acerca de la transmigración del pecado original, diciéndole, que en el hombre no se hallaba sino en el cuerpo y el alma; que el primero considerado como separado de la segunda, era incapaz de pecado; que la segunda, como que había salido de las manos de Dios, de las cuales no podía salir nada manchado, no podía comunicar el pecado. Y que urgiéndole Pelagio por la respuesta, le decía, ¿Unde venit rima? y entonces el santo ocurrió al papa, encargándole el asunto, el que habiéndolo decidido, según la mente del santo, dio éste por respuesta a Pelagio, que ya el asunto estaba decidido por la silla apostólica, cuya decisión en la materia era infalible; y que de ahí vino el que San Agustín apoyara la infalibilidad del papa.⎯ 5ª Que no se sabía con certeza el lugar de nuestra bienaventuranza; pues un exjesuita acababa de escribir en Roma, que el lugar a donde habíamos de venir a gozar de nuestra bienaventuranza, había de ser en este mundo; y que esta doctrina la sostenía con la Escritura.⎯ 6ª Que no había certeza de quiénes fueron los reyes que vinieron a adorar al Niño ni como habían venido; y que tenía por vulgaridad el creer la concurrencia del buey, y la mula en el nacimiento.⎯ 7º Que Dios no castigaba frecuentemente en esta vida a los pecadores, ni tampoco premiaba del mismo modo las virtudes; refiriendo que San Agustín o Santo Tomás, decía, que Dios había creado males para los malos, que no sufrirán los justos; y bienes para los buenos, de que no gozarán los impíos; pero que en cuanto a estos bienes, y males temporales, serían comunes a los dos en esta vida, para que no se deseasen con ansia aquellos bienes, que también andaban en manos de los perversos, ni se temiesen tanto los males, que también sufrían los justos.⎯ 8ª Que San Jerónimo tenía por fábula las guerras del dragón con el ángel; y que tampoco tenía por genuinas la Historia de Susana, ni el Himno de los tres niños; pues no se hallaban en la escritura de los hebreos, de quien este Santo había hecho la traducción, y que decía que él las había puesto señalándolas con dos comas; porque no creyesen los ignorantes que había truncado la.⎯ 9ª Que Guillermo Sanamor defendió públicamente en París las proposiciones de⎯ que los frailes no entran en la jerarquía eclesiástica, ni el papa podía darles licencia de predicar, ni confesar, ni estaban en estado de salvación, porque aquel que mendiga pudiendo trabajar, está en estado de pecado mortal, luego con más razón el que hace voto de mendigar pudiendo trabajar; y que con todo no se condenaron como heréticas dichas proposiciones.⎯10ª Que no tenía como de fe la canonización de los santos, y le hacía fuerza la beatificación del beato Aparicio con respecto a lo que Serri respondió a la silla apostólica en la consulta que le hizo sobre la materia; Que semejantes proposiciones y doctrina las manifestó este reo muchas veces en público y en secreto, y a presencia de los que entraban en su casa. Que también le oyó otras proposiciones sobre el origen de la disciplina de la Iglesia, sobre enterrar a los muertos, echarles agua bendita, e incensarlos; sobre la virginidad de María Santísima después del parto; sobre lo lícito, o no lícito de la usura; sobre el cumplimiento de la profecía de las setenta semanas; sobre el precepto de las rúbricas de la Iglesia, de no decir misa sin dos luces a lo menos; sobre los diezmos de la Iglesia; sobre la genealogía de Jesucristo referida por los evangelistas; sobre la existencia del limbo de que no había seguridad de ella. Y finalmente que tratando con dicho reo sobre el Santo Oficio, le oyó decir que la existencia de este tribunal era indecorosa a los obispos, pues estando éstos obligados por derecho divino a cuidar del pasto con que se nutrían sus ovejas, se habían desentendido de él, dejando encargado a este tribunal; y que presumía que se había pervertido por el trato que tuvo con un general francés que tuvo hospedado en su casa. (Censura folio).⎯ En 27 de junio se extractó el anterior escrito en doce proporciones, y se remitieron a los propios calificadores Barreda, y Carrasco, provincial y prior de Santo Domingo; y en doce de agosto dijeron en sustancia que este reo era un impío, temerario, escandaloso, erróneo, injurioso, y gravemente sospechoso de herejía, si es que había proferido con todo el conocimiento necesario, y con la instrucción correspondiente las proposiciones que dejaban calificadas; añadiendo que si claramente negó la autenticidad de la Historia de Susana, del Himno de los tres niños y la de Beel y el dragón, y si negó la pureza de María Santísima después del parto, entonces no solamente era sospechoso, sino formalmente hereje; y si era enemigo de la madre de los fieles, amparo de los pecadores ¿qué se podía esperar, ni qué éxito podía tener sino el de errores detestables, precipicios, ruinas, y plegue a Dios, lo que su majestad no permita, la impenitencia final? Y finalmente que era un pastor criminalísimo que en vez de poner y dar la vida por sus ovejas, las destruyó, con el veneno de la impiedad, error, temeridad, escándalo, blasfemia, falsedad, herejía, y abominación, precipitándolas en un abismo de males espirituales, y temporales; que este era su dictamen que en lo objetivo, y subjetivo sometían al recto juicio de este tribunal. (Testigo 23, don Sebastián de la Fuente).⎯ Con arreglo a las noticias publicadas en 28 de septiembre del año de 1810 en la Gaceta del Gobierno, en donde se expresaron algunos de los errores que este reo enseñó, se libró comisión al comisario de Querétaro en 20 de octubre del mismo año previniéndole que para engrosar esta causa no despreciase denuncia alguna que le hiciesen contra Hidalgo; y que supuesto que pasaban a aquella ciudad algunos sujetos que pudieran tener noticia de sus errores por el conocimiento que de él tendrían, examinase a algunos, y en efecto examinó a seis, los cuales no produjeron cosa sustancial, aunque don Sebastián de la Fuente, comisario de este Santo Oficio, que estaba refugiado en dicha ciudad, declaró en 4 de febrero: Que estando oculto en el pueblo de Vejo en la casa del presbítero don José María Mejía, éste le refirió que había servido de vicario como un año al cura don Miguel Hidalgo Costilla, y no había podido sufrir sus desórdenes; que por su mala conducta estaba desarreglado su curato; y que sólo le faltaba predicar que la fornicación no era pecado; pero que en las conversaciones, y a su entender en el confesionario, así lo enseñaba; que en las concurrencias, y bailes nocturnos que este reo tenía en su casa, cuando alguno de los sujetos concurrentes le decía que le agradaba alguna niña de las que estaban presentes, le decía que allí estaba su recámara, y su catre, que se entraran adentro; que ésta última especie, y de la inmoralidad del reo no la comunicó en tiempo oportuno a este tribunal por haber estado oculto desde que comenzó la (Testigo 24, don José María Cuenca; folio 101, pieza 2ª).⎯ En la declaración que hizo este testigo en 14 y 20 de febrero de 1812 en la causa contra fray Manuel Estrada mercedario (que es el segundo de esta relación) en otras cosas dijo: Que había oído decir a dicho padre Estrada que era imposible que el cura Hidalgo se hubiera salvado; que así lo había predicado pues había muerto impenitente; y también porque había oído al mismo cura negar la pureza de María Santísima, y que por esto él lo había denunciado al Santo Oficio. En 20 de mayo de 1811 se le dio la publicación de testigos con las declaraciones de diez testigos, cinco informes y dos edictos, y hecha y leída que fue la dicha publicación se mandó dar traslado de ella al dicho don Miguel Hidalgo Costilla para que respondiese, y alegase lo que viese convenirle a su derecho con parecer de uno de los letrados que ayudan a las personas que tienen causa en este Santo Oficio para la primera audiencia, lo que se notificó en los estrados de esta audiencia. Y no habiendo comparecido en el término señalado para que alegase y respondiese a la sobre dicha publicación, se le nombró abogado de oficio al licenciado don José María Rosas, que lo es de presos de este Santo Oficio. LA EDICIÓN DEL TOMO I ESTUVO A CARGO DE

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